REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Trece (13) de julio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP31-F-2010-002285
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES presentada por el ciudadano RAFAEL ANGEL VISO INGENUO, portador de la cédula de identidad N° V- 6.809.740, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.067, quien actúa en su propio nombre y representación y por la ciudadana ENID ANDRIANA PEREZ MEDINA, portadora de la cédula de identidad N° V- 6.191.303, asistida por la abogada ELIZABETH ARRIJOAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.219, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES de los ciudadanos, RAFAEL ANGEL VISO INGENUO Y ENID ANDRIANA PEREZ MEDINA, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 08/07/2010, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
NELSON GUTIERREZ CORNEJO
LA SECRETARIA TEMPORAL,
YULI M. MARTINEZ
NGC/YMM/Marisol R.-
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