REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de julio de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO: AP31-S-2009-005272

Vista la diligencia presentada en fecha 14 de los corrientes, por el Abogado Antonio Mantilla Little, Inscrito en el I.P.S.A. bajo el No 16.960, mediante la cual desiste de la presente solicitud, este Tribunal luego de una minuciosa revisión de los instrumentos cursantes a los autos, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE SOLICITUD, y en consecuencia, se da por terminado el procedimiento de Jurisdicción Voluntaria, debiendo considerarse a la presente providencia como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Asimismo con vista a la solicitud de dos (2) juegos de copias certificadas, de la presente solicitud, este Tribunal acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a excepción de las copias cursantes a los folios del 5 al 12 y las cursantes a los folios 29 y 30, ya que las mismas constan en copias simples. Líbrese lo conducente previa consignación de los fotostatos de la diligencia que la solicita y del presente auto que las provee.
La Juez

Dra. Anabel González Gonzalez

La Secretaria

Arlene Padilla Reyes


Lisbeth*