REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana
Caracas, 13 de Julio de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-S-2006-000180
Visto el escrito de transacción constante a los folios 10 al 17 de, presentada en fecha 17 de marzo de 2009, y la aclaratoria de fecha 12-07-2010 que corre inserto a los folios 21 del presente expediente, en particular el acuerdo transaccional presentado, por el ciudadano Gerbis Moreno Torres, parte oferida en el presente juicio asistido por el Abogado Luís García inscrito en el IPSA bajo el numero 60.380, y por el ciudadano Jesús Leopoldo inscrito en el IPSAE bajo el numero 97.802, apoderado del oferente Equípales de Venezuela C.A, este Tribunal observa que la misma cumple los requisitos que a tales efectos exige el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; en consecuencia, este Juzgado Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción celebrada por las partes en el presente juicio; en tal sentido, se declara terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente y déjese copia del presente auto que formará parte de la auto composición procesal de este Juzgado. Por otra parte se acuerda expedir por secretaria un (01) juegos de copias certificadas, de la transacción y del presente auto de conformidad con los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se Establece.
La Juez
Mónica Quintero
La Secretaria
Jennifer Martínez