ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002797

PARTE ACTORA: HUGO ANTONIO ESCALANTE
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO FAJARDO
PARTE DEMANDADA: POLLO EN BRASA BELLO HORIZONTE C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN MARTINEZ
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 27 de julio de 2010, a las 11:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JOSE GREGORIO FAJARDO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 95.909, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano HUGO ANTONIO ESCALANTE, plenamente identificado en autos, y la abogada en ejercicio CARMEN MARTINEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 16.020, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la suma de Bs.10.500, por conceptos de diferencia de las prestaciones sociales reclamadas, el cual será pagado en fecha 02 de agosto de 2010, mediante cheque librado contra la Entidad Financiera a elección del ex-patrono a favor del actor, y que será entregado por ante la URDD de este circuito judicial, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida sin más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo una vez que conste en autos la cancelación del pago único acordado se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Apoderado parte actora

Apoderada parte demandada


La Secretaria
Carla Orejarena