REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP21-L-2009-006665

Visto el escrito de pruebas (folio 153 y reverso de la 1ª pieza) presentado por el abogado Manuel Rubial C., en su condición de apoderado judicial (folios 45 y 46 de la 1ª pieza) de la coaccionada “c.a. de Puertos, Estructuras y Vías (CAPEV)”, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:

PRIMERO: En cuanto al “MÉRITO FAVORABLE DE LAS ACTAS Y AUTOS PROCESALES”, el Tribunal destaca a la promovente que el mismo no constituye medio de prueba susceptible de promoción sino la expresión de los principios de adquisición o comunidad de los elementos probatorios, los cuales una vez cursan en autos, se hacen del proceso con absoluta independencia de la parte que los produjo.

SEGUNDO: En lo correspondiente a los Requerimientos de Informes, el Tribunal los admite y ordena oficiar lo conducente al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) y al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), a objeto que informen sobre lo peticionado por la promovente en su escrito de pruebas, del cual se ordena expedir copias certificadas (folio 153 y reverso de la 1ª pieza) para anexar a dichas comunicaciones. Asimismo, se deja constancia que los oficios referidos serán elaborados una vez que la promovente consigne la dirección de dichos organismos.-

Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el demandante como los órganos directivos y gerenciales de las coaccionadas que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.

El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
YRMA ROMERO.
CJPA/Ifill.-