REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, uno de junio de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-002356
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002356
PARTE ACTORA: ANTONIO GABRIEL BARRERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARIA ALEJANDRA MENDOZA CARRASCO, XIOMARA QUINTERO, Y DALIA COIRAN.
PARTE DEMANDADA: BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy uno de junio de dos mil diez, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, Se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte demandada BANESCO BANCO UNIVERSAL; debidamente representada por LOURDES NIETO FERRO inscrito en el IPSA bajo el N° 35.416, quien consigna copia de poder el cual se ordena agregar a los autos; Asimismo se deja expresa constancia de que la parte actora ANTONIO GABRIEL BARRERA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.
La Jueza
Abg. Vilma Leal.
Por la Parte Demandada
La Secretaria.
Abg. Norialy Romero.
Nota. En esta misma fecha previa las formalidades de Ley se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria.
Abg. Norialy Romero.
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