REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintiuno (21) de Junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-001504.
PARTE ACTORA: MARLIN SANCHEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: CENTRO MEDICO SAN JUAN DE LA CRUZ, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy Veintiuno (21) de Junio de dos mil diez (2010), siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia igualmente de la incomparecencia de la parte demandada, este Juzgado deja constancia de la comparecencia de la abogada ADA BENITEZ inpreabogado Nº 92.732 la cual no acredita en el presente asunto el carácter de apoderada judicial de la parte actora, ya que en el poder de representación el cual se encuentra inserto en el presente expediente no aparece la mencionada abogada como apoderada judicial de la parte actora, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151 °.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez.
Xiomara Gelvis.
La Presente
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