REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintiocho (28) de Junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2010-001996.
PARTE ACTORA: JOSE ENRIQUE FAJARDO SANCHEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: ABBOT LABORATORIE, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: EIRYS MATA MARCANO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy Veintiocho (28) de Junio de dos mil diez (2010), siendo las 11:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de la abogada EIRYS DEL VALLE MATA MARCANO inpreabogado Nº 76.888 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200 ° y 151 °.
El Juez

La Secretaria

Abog. Eduardo Nuñez.
Xiomara Gelvis.


APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA