REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 10 de Junio de 2010
200° y 151°

ASUNTO: AP51-S-2010-009243

Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana YURAIMA JOSEFINA SERRANO CAMPOS, venezolana, viuda, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-6.895.175, actuando en su nombre y representación de sus hijos, (…), de dieciséis (16) y nueve (09) años de edad, respectivamente; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanos GLADYS MIREYA DIAZ ARENA y DIMAS JOSE CARMONA SOJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.478.989 y V-4.884.394, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus CARLOS EDUARDO HERNANDEZ MARIN, quién fuera titular de la cédula de identidad Nro. V-6.435.713, a su esposa e hijos YURAIMA JOSEFINA SERRANO CAMPOS, (…). Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
Abg. SORAYA ANDRADE


DRC/SA/Freddy Molina