REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 22 de Junio de 2010
200° y 151°

ASUNTO: AP51-S-2010-007446

Vista la Solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana MIRTA ELVIRA CALZADILLA DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.681.383, actuando en su nombre y representación de su nieto el niño, (…), de siete (07) años de edad debidamente asistidos por el Abg. GILBERTO ENRIQUE PEREZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 145.725; promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de las testigos, ciudadanos JENNIFER JASMIN LOPEZ SOTO y MIRTHA MORAIMA ARROYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.259.106 y V-5.366.828, respectivamente y cumplidas como fueron las formalidades de Ley; este Despacho Judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 11 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, declara las presentes actuaciones Título de Únicos y Universales Herederos del De Cujus RICHARD JOSE MARQUEZ CALZADILLA, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V-15.573.554, a favor de su hijo el niño, (…), de siete (07) años de edad. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren necesarias, una vez la parte solicitante consigne los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Abg. DANIA RAMIEZ CONTRERAS
Abg. SORAYA ANDRADE






DRC/SA/MARIANELA.GOMEZ**