REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, de junio de 2010
200º y 151º
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en le Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, sobre la propiedad de un vehiculo, PLACAS: AFI-444; SERIAL CARROCERÍA: 3VWZZZ113VM52672; SERIAL MOTOR: ACD54165; MARCA: VOLKSWAGEN: MODELO: ESCARABAJO: AÑO: 1997; COLOR: ROJO: CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: COUPE Y USO: PARTICULAR, a favor del ciudadano RAFAEL AGUSTIN AZUAJE ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, soltero y portador de la cédula de identidad No. V-4.841.979; el cual lo compro en el año 1997, al ciudadano ANGEL GUSTAVO REYES RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, comerciante, plenamente capaz y titular de la cédula de identidad No. V-3.145.207, por la cantidad de seis millones de bolívares (Bs. 6.000.000,00), según consta en el documento de venta suscrito entre los referidos ciudadanos, consignado en la solicitud al folio 4. Devuélvanse originales con sus resultas.
LA JUEZ
MARIA ROSA MARTINEZ C LA SECRETARIA,

NORKA COBIS RAMIREZ
MRMC/NCR/gm
AH11-S-2008-000272 (13058)