REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Catorce (14) de Junio del año Dos Mil Diez (2010), siendo las doce del medio día, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del perito avaluador, Rubén Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, el apoderado judicial de la parte actora, abogado, Giuseppe Antonio Tobía Frino, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.040, en la siguiente dirección: Torre A, Piso 9, apartamento AP3, Residencias Terrazas del Paraíso, Avenida José Antonio Páez, Urbanización El Paraíso, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de SECUESTRO decretadas por el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO (PRORROGA LEGAL) sigue la ciudadana MARIA ROSA SALA DE DOMINGUEZ contra el ciudadano MEDINA VASQUEZ RAFAEL MOISES.-Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, siendo atendido el llamado judicial por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Migdalia Ramona Manuitt Belisario, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-8.792.624, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser concubina del demandado en el presente proceso.-Acto seguido el Tribunal, dando cumplimiento a la misión encomendada practica la medida de SECUESTRO el inmueble constituido por un apartamento identificado con el A-93, ubicado en el piso Noveno, torre A, Conjunto Residencial Terrazas del Paraíso, situado en la Avenida José Antonio Páez, Urbanización El Paraíso, Parroquia San Juan, Municipio Libertador, Distrito Capital, y lo pone en la posesión de la parte actora, ciudadana Maria Rosa Sala de Domínguez, representada en este acto por su apoderado judicial, abogado Giuseppe Antonio Tobia Frino, antes identificado, quien en nombre de su mandante lo reciben conforme.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, antes identificado, expone: por cuanto dentro del inmueble existen bienes propiedad de mi representada y otros propiedad del inquilino, pido al Tribunal se sirva ordenar al perito realice el inventario de todos los bienes propiedad del ejecutado a fin de un eventual deposito necesario.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, ordena al perito verifique el inventario anexo a la presente comisión y realice el inventario de todos los bienes que son propiedad de los ejecutados en el presente acto a fin de un eventual deposito necesario.- Los bienes son: 1) un juego de cuarto, tipo matrimonial, compuesto por una peinadora con espejo de formica, 2) un ventilador, marca: panasonic, 3) un taburete de madera torneada, 4) un juego de cuarto con peinadora y una mesa de noche, con un espejo en madera, 5) un televisor, marca: sony, de 13 pulgadas, 6) una mesa de planchar, 7) un juego de recibo compuesto por un sofá de tres puesto tapizado en tela color beige y dos sofá de un solo puesto, 8) una mesa tipo rectangular, de madera con tope de vidrio, 9) una mesa de comedor, de madera, compuesto por seis sillas, tapizadas en sus asientos en tela color beige, 10) un televisor de 19 pulgadas, marca: sony, color gris, sin serial visible, 11) un minicomponente, marca: pionner, color gris, doble casette, 12) una vitrina elaborada en madera, compuesta por seis gavetas, tres puertas batientes, color madera.-Es todo.-En este estado la notificada, ciudadana Migdalia Ramona Manuitt Belisario, antes identificada, expone: Por cuanto todos los bienes que se encuentran dentro del inmueble objeto de la presente medida son de nuestra propiedad, pido al Tribunal se sirva autorizar el traslado de los mismos bajo mi responsabilidad y riesgo a la dirección que oportunamente expresare.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la notificada, ciudadana Migdalia Ramona Manuitt Belisario, antes identificada, en su condición de concubina del demandado, la solicitud contenida en la misma, con la anuencia del apoderado judicial actor, acuerda de conformidad y por ende suspende la elaboración del inventario realizado por el perito designado al efecto, quien expone: Informo al Tribunal que todos los bienes que se encuentran descritos en el inventario anexo al expediente efectivamente se encuentran dentro del inmueble.-Es todo.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: En nombre de mi mandante, recibo en este acto el inmueble objeto de la presente medida en nombre de mi mandante, completamente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales propiedad de los ejecutados en el presente acto.-Así mismo, lo recibo con los bienes propiedad de mi representada y descritos en el inventario anexo a la presente comisión y aceptamos el cargo de Depositario del mismo, jurando cumplirlo fielmente con la diligencia de un buen padre de familia.-Es todo.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las doce y cuarenta y un minutos de la tarde.-En este estado se hace presente en el inmueble, un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Nanzo Rafael Serrano Carpio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.915, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado ser abogado asistente de la notificada en este acto.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo la una y quince minutos de la tarde.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,

ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR


EL PERITO AVALUADOR LA NOTIFICADA Y EL ABOGADO ASISTENTE

LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA