REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Quince (15) de Junio del año Dos Mil Diez (2010), siendo las diez y treinta minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de los apoderados judiciales de la parte actora, abogados, Félix Alberto Herrera, José Armando Velasco Ramírez y Nancy Villamizar, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.193, 15.563 y 44.117, respectivamente, los auxiliares de justicia, ciudadanos Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, el perito avaluador, Ruben Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quien fuera debidamente designado y juramento por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Apartamento distinguido con el Nro. 84-C, ubicado en el Piso 8 de la Torre C, Edificio Residencias Plaza Garden, Avenida José Maria Vargas, urbanización Santa Fe Norte, Municipio Baruta del Estado Miranda, a fin de ejecutar la medida de ENTREGA MATERIAL decretada por el JUZGADO DUODECIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS con motivo del Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO sigue el ciudadano CARLOS BARRIOS contra el ciudadano GARY SIEGELTUCH.- Una vez a las puertas del inmueble el Tribunal procede a dar los toques de Ley, sin ser atendido el llamado judicial por persona alguna.-En este estado los apoderados judiciales de la parte actora, expone: por cuanto al ser dados los toques de Ley a las puertas del inmueble objeto de la presente medida no respondió persona alguna, pedimos al Tribunal se sirva designar cerrajero que abra la puerta del inmueble.-Es todo.- El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por los apoderados judiciales de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, designa para desempeñar el cargo de cerrajero judicial al ciudadano Jean Carlo Pérez, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-17.387.654, quien están presente acepta, presta el juramento de Ley y entra de inmediato en ejercicio de sus funciones y procede aperturar la puerta del inmueble, dando así acceso al interior del mismo al Tribunal, encontrándose el mismo completamente libre de bienes muebles y personas.-Acto seguido el Tribunal dando cumplimiento a la misión practica la ENTREGA MATERIAL REAL Y EFECTIVA del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el Nro. 84-C, ubicado en el Piso 8 de la Torre C del Edificio Residencias Plaza Garden, Avenida José Maria Vargas de la Urbanización Santa Fe Norte, Municipio Baruta del Estado Miranda, y lo pone en la posesión real y física de la parte actora, ciudadano Carlos Barrios, representada en este acto por sus apoderados judiciales, abogados Félix Alberto Herrera, José Armando Velasco Ramírez y Nancy Villamizar, ante identificados, quienes en nombre de su mandante lo reciben conforme completamente libre de bienes muebles, personas, joyas, dinero en efectivo de cualquier denominación y/o documentos comerciales.-El Tribunal, cumplida como ha sido su misión concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las doce del medio día.-Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LOS ABOGADOS ACTORES




EL DEPOSITARIO JUDICIAL EL PERITO AVALUADOR



EL CERRAJERO JUDICIAL



LA SECRETARIA
ABG. JOSEFA MANTILLA