REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Diecisiete (17) de Junio del año Dos Mil Diez (2010), siendo las once y cinco minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora abogado Rafael Aneas Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 19.651, el Depositario Judicial, ciudadano Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La General de Depósitos, S.A., quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección: Avenida Ernesto Blomh, Torre Diamen, Piso 7, Oficina 74, Chuao, Municipio Chacao, Estado Miranda, a fin de practicar de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue ADRIANA MARIA IZAGUIRRE LUJAN contra el ciudadano JOSEPH WILLIAM MOORE BAIRSTON.-Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora, el Tribunal es atendido por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Mónica Maria Bolaño Suárez, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-10.485.866, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada ser secretaria de la empresa que funciona en el inmueble donde se encuentra constituido el Tribunal a señalamiento de la parte actora.- En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargado preventivamente, las acciones que posee en esta empresa, sociedad mercantil Internacional Transformadora de Materiales, Intramco, S.A., el demandado en el presente proceso, ciudadano Joseph William Moore Bairston, titular de la cedula de identidad Nro. E.-81.089.275.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el representante de la demandante, acuerda ordenar a la notificada en su condición de Secretaria de la empresa donde se encuentra constituido el Tribunal, ponga a la vista el libro de accionistas de la prenombrada sociedad a fin de verificar lo señalado.-Seguidamente la notificada, ciudadana Mónica Maria Bolaño Suárez, antes identificada, en su condición de secretaria, expone: dando cumplimiento a lo requerido por el Tribunal, pongo a la vista el libro de accionistas de la empresa Intramco, S.A..-Es todo.-El Tribunal, puesto a la vista el libro de accionistas de la empresa, procede a verificar en el mismo si efectivamente posee acciones el demandado en el presente proceso, evidenciándose que en el folio cinco (05) de este libro, el cual fue sellado por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha diecinueve (19) de agosto del año dos mil dos (2.002), efectivamente el ciudadano Joseph William Moore Bairston, es accionista de esta empresa, y actualmente posee doscientas cincuenta mil (250.000) acciones con un valor nominal cada una de ella de diez bolívares (Bs. 10,00) y dando cumplimiento a la misión declara EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE las acciones propiedad del demandado por ante esta empresa, por el valor nominal allí establecido, y las pone en la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto, La General de Depósitos, S.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado.-Seguidamente el Tribunal, procede a estampar nota marginal de lo aquí ejecutado en el libro de accionistas.-Acto seguido el apoderado judicial de la parte actora, expone: por cuanto el monto señalado en este acto no cubre lo decretado por el comitente para señalar bienes propiedad del demandado, me reservo el derecho de señalar en otra oportunidad por diligencia.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición del apoderado actor, ordena mantener la presente comisión en los archivos de su sede, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las once y veinte minutos de la mañana,-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR

ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR


LA NOTIFICADA EL DEPOSITARIO JUDICIAL



LA SECRETARIA.