REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEXTO EJECUTOR DE MEDIDAS


En el día de hoy tres (03) de junio del año dos mil diez (2010), siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), se trasladó y constituyó este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, conformado por la ciudadana JUEZ ABOGADA ZULAY BRAVO DURÁN y la ABOGADA NELLY VARGAS, SECRETARIA ACCIDENTAL; en compañía y a solicitud de la apoderada judicial de la parte actora ejecutante abogada ZORAIDA ZERPA URBINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.141; constituidos en la siguiente dirección señalada en la Comisión y por la parte actora ejecutante: Local Comercial distinguido con el N° 73, ubicado en el Nivel Santa Ana del Centro Comercial Plaza las Américas, situado al final del Boulevard El Cafetal, Avenida Raúl Leoni, Municipio Baruta del Estado Miranda, Caracas; a objeto de practicar la ENTREGA MATERIAL decretada y ordenada por el JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DEL TÉRMINO Y SU PRORROGA LEGAL sigue CONDOMINO DEL CENTRO COMERCIAL PLAZA LAS AMÉRICAS ETAPA I, contra LA SOCIEDAD MERCANTIL PELUQUERIA MIKY S.R.L., en el Expediente N° AP31-V-2009-002958, comisión recibida por este Juzgado mediante proceso de Distribución en fecha 20 de abril de 2010.- Seguidamente a las puertas del inmueble supra-identificado, el Tribunal procedió a dar los toques de Ley, siendo atendido su llamado por el ciudadano LUIS ALBERTO PEROZO, quien manifestó ser de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.056.438, quien notificado de la misión del Tribunal y en conocimiento del contenido de la comisión la cual le fue leída, manifestó encontrarse en el lugar para desmantelar las paredes del Dry wall por orden de la ciudadana YAJAIRA PEROZO, quien es la propietaria de la peluquería, permitiendo de seguidas voluntariamente el acceso del Tribunal al interior del inmueble.- Una vez en el interior del inmueble, la juez insta al notificado a comunicarse con la representante de la demandada y/o su apoderada judicial, a los fines de que se haga presente en el lugar y ejerza las acciones que a bien tenga realizar, todo ello con el objeto de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, concediéndole un plazo de una hora para que se haga presente.- El Tribunal deja expresa constancia que a las puertas del inmueble se encuentra un aviso que contiene la siguiente información: ¨ Nos mudamos al piso 1. local 23-A detrás de la zapatería. ROGISTER¨. Acto continúo se hizo presente en el acto la ciudadana YAJAIRA PEROZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.755.640, quien notificada de la misión del tribunal manifestó ser accionista y propietaria de la Peluquería Micky, que se había mudado a otro local del mismo centro comercial, que el condominio le tiene la cantidad de Bs.F.1.100 por concepto de canon de arrendamiento, asimismo manifestó participar en la reuniones del condominio de buena fe, y que nunca lograron conseguir una acuerdo razonable. Seguidamente los notificados procedieron a retirar los Dry Wall, para trasladarlo al piso uno local 23-A, ubicado en este Centro Comercial Plaza las Américas.- Seguidamente en cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto de Municipio Ejecutor de Medidas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace ENTREGA MATERIAL Y JURÍDICA, libre de bienes y personas a la parte actora ejecutante CONDOMINIO DEL CENTRO COMERCIAL PLAZA LAS AMÉRICAS ETAPA I., en la persona de su apoderado judicial abogada ZORAIDA ZERPA URBINA, antes identificada, del siguiente inmueble: Local Comercial distinguido con el N° 73, ubicado en el Nivel Santa Ana del Centro Comercial Plaza las Américas, situado al final del Boulevard El Cafetal, Avenida Raúl Leoni, Municipio Baruta del Estado Miranda, Caracas, quien lo recibe conforme libre de bienes y personas.- De seguidas se procedió a fijar a las puertas del inmueble cartel de notificación de la medida practicada, del cual se agrega copia a la presente acta para que forme parte integrante de la misma.- El tribunal ordena expedir copia certificada de la comisión para ser agregada al copiador de actas llevado por este Juzgado.- Se deja expresa constancia, que la práctica de la presente medida no causó ningún tipo de tasas, aranceles o pago alguno, para este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el acuerdo de fecha 29 de febrero de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, aún vigente.- Cumplida como ha sido la misión del Tribunal acuerda dar por terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 2:40 p.m.- Terminó, se leyó y conformes firman menos el ciudadano LUIS ALBERTO PEROZO, por retirarse del acto.-
LA JUEZ,

ABG. ZULAY BRAVO DURÁN

LA NOTIFICADA



LA APODERADA EJECUTANTE.

LA SECRETARIA ACC.