ASUNTO: AP31-V-2009-004273
Se refiere el presente caso a una solicitud de oferta real que ha presentado la empresa BIENES RAICES FERDA, C.A., a favor de la ciudadana MARIA ANTONIETA TONG DE REYES.
Dicha solicitud fue admitida el 4 de diciembre de 2009; siendo fijada por este Tribunal para practicar la misma el día 20 de enero de 2010, a las 10:00 a.m. En esa misma fecha se levanto acta donde se dejó constancia que el Tribunal se trasladó a la dirección señalada por el oferente, y no se encontró la dirección señalada. Posteriormente se fijó nuevamente el trasladó de este Juzgado, para el 24 de Febrero de 2010, no encontrando en la dirección señalada a la oferida.-
En fecha 23 de marzo de 2010, se ordenó el deposito del cheque de gerencia consignado en la cuenta corriente del Juzgado, ordenando en fecha 6 de abril de 2010, la citación de la oferida e instando a la parte oferente a consignar los fotostatos para librar la respectiva compulsa de citación.-
Pero es el caso que desde esa fecha hasta el día de hoy, nada ha hecho la parte oferente para impulsar la presente solicitud, demostrando con esa actitud haber perdido todo interés en proseguir el curso de la causa, con lo que se actualiza la causal de perención prevista en el Articulo 267 Ordinal 1° Código de Procedimiento Civil.
PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este tribunal, administrando justicia, en nombre de la república y por autoridad de la ley, declara la perención de la instancia.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diecisiete (17) días del mes de Junio de dos mil diez (2010), En Los Cortijos de Lourdes.
EL JUEZ
Dr. JOSE EMILIO CARTAÑÁ ISACH LA SECRETARIA
ABG. IVONNE CONTRERAS
En esta misma fecha, siendo las dos y cincuenta de la tarde (2:50 p.m.) se publicó el anterior fallo, con su inserción del mismo en los autos del expediente.
LA SECRETARIA
ABG. IVONNE CONTRERAS.