REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de junio de dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: AP31-F-2010-001902

Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos FERNANDO RAMÍREZ CASTELLANOS y YANELY TERESA RIVERA VÁSQUEZ titulares de las cedulas de identidad Nros V.-13.580.858 y V.-15.396.666 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio SABINO GARBAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 131.024, el Tribunal le da entrada, acuerda anotarla en el libro respectivo y la admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, se DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los solicitantes ciudadanos FERNANDO RAMÍREZ CASTELLANOS y YANELY TERESA RIVERA, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
ABG.- ANABEL GONZALEZ GONZALEZ
Abg. ARLENA PADILLA REYES.

AGG/APR/JesusG.-