REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 3 días del mes de Junio del año dos mil diez (2.010).
Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación
Vista la diligencia de fecha 18 de Marzo del presente año, presentada por el solicitante, asistido por la ciudadana ROSALBA ROJAS, abogada en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 59.086, mediante la cual consigna cuatro (4) copias simples, a los fines de su certificación y las mismas sean enviadas a las autoridades competentes; este Tribunal a los fines de proveer y conforme a lo establecido en el articulo 131 del Código de Procedimiento Civil se ordena librar boleta de notificación al Representante del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, a los fines de hacer de su conocimiento que este Tribunal dictó decisión de fecha 26 de Enero de 2.010, en la que declara la separación de cuerpos del los ciudadanos FERNANDO MARCELO GONZALEZ HERNANDEZ y MARIA ALEJANDRINA CAICEDO DE VECCHIO. Expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester. Cúmplase.