REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, quince de junio de dos mil diez
200º y 151º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-001213
PARTE ACTORA: MIRNA MARIA CRESPO BAEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: FUNDACIÓN CIARA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PATRICIA CASTILLO DAMBORENA
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS

ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy quince (15) de junio de dos mil diez (2010), siendo las 08:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana PATRICIA CASTILLO DAMBORENA, abogada, apoderada judicial de la demandada “FUNDACIÓN CIARA” tal como consta de documento poder original que presenta a la vista del Juez y consigna copia del mismo el cual una vez confrontado con su ejemplar original el mismo es agregado a los autos en este acto. Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana MIRNA MARIA CRESPO BAEZ, no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO
LA SECRETARIA
ABG. LUISA ROSALES

AP21-L-2010-001213
DS/LR