REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, nueve de junio de dos mil diez
200º y 151º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002469
PARTE ACTORA: ANA DUVRASKA VELASQUEZ RIOBUENO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: BANCO DEL TESORO, BANCO UNIVERSAL, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA VALENTINA PULGAR
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS

ACTA DE INICIO DE AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día hábil de hoy nueve (09) de junio de dos mil diez (2010), siendo las 08:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal, la ciudadana MARIA VALENTINA PULGAR, abogada inscrita en el IPSA N° 98.962, representación que se evidencia de documento poder que en original presenta la vista del juez y consigna copia, la cual una vez confrontada con su ejemplar original, la misma es agregada a los autos en este acto. el Tribunal deja expresa constancia de que la parte actora, ciudadana ANA DUVRASKA VELASQUEZ RIOBUENO, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 200° y 151°.
EL JUEZ
ABG. DANILO SERRANO

APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA
ABG. LUISANA OJEDA

AP21-L-2010-000246
DS/LR