REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 08 de junio de dos mil diez
200º y 151º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-001801
PARTE ACTORA: Carlos Carvajal, titular de la cédula de identidad Nro. 6.390.076.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Oscar Delgado Álvarez y Joel Solorzano abogados inscritos en el IPSA bajo los Nros. 124.262 y 124.713, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: MARCOS & BAS, S.A., y en forma personal los ciudadanos CLARA MARCOS Y MAXIMINO MARCOS FUENTES
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Lesbia Rosa Marquez Fuenmayor y José Gregorio Blanca Quintana, abogados inscritos en el IPSA bajo los Nros. 49.827 y 32.013, respectivamente.
MOTIVO: Cobro de prestaciones sociales

Hoy, 08 de junio de 2010, siendo las 9:00 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Joel Solorzano, y José Gregorio Blanca Quintana, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora, y de la parte demandada, respectivamente ambos arriba identificados, dándose así inicio a la audiencia, con la intervención de José Gregorio Blanca Quintana, a los fines de consignar instrumento poder otorgado por la empresa Inversiones Marcos SRL; en original el cual se ordena insertar en autos, acto seguido los presentes manifiestan que han llegado al siguiente acuerdo: LA DEMANDADA MARCOS & BAS, S.A.; representada por José Gregorio Blanca Quintana, ofrece a la parte actora por todos y cada uno de los conceptos demandados los cuales comprenden antigüedad tanto acumulada, adicional y parágrafo primero del articulo 108 LOT, intereses sobre prestaciones sociales (articulo 108 LOT), vacaciones vencidas y fraccionadas, (artículo 225 LOT), utilidades vencidas y fraccionadas (articulo 174 LOT), bono vacacional vencido y fraccionado (articulo 223 LOT), bono nocturno, horas extras, domingos y feriados, la cantidad de DIECISIETE MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs. 17.000,oo), en un (01) sólo pago que se efectúa mediante la entrega que se hace en el presente acto del cheque Nro. 81275031, del Banco de Mercantil cuenta Nro. 0105-0639-54-1639011706, a favor de Carlos Carvajal por la suma de Bs. 17.000,oo. En este estado el representante judicial de la parte actora abogado Joel Solorzano, visto el ofrecimiento realizado por la demandada, conviene que el mismo lo realiza a nombre de Inversiones Marcos SRL; por reconocer que la relación de trabajo existió entre ésta empresa y su representado, por consiguiente acepta el monto ofrecido libre de constreñimiento alguno en los términos expuestos y señala que nada tiene que reclamar por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto, a MARCOS & BAS, S.A.; ni a ninguno de sus empresas filiales, o sucursales en virtud de lo cual la juez en conformidad a los artículos 26, 257 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como al articulo 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, observa que la transacción cumple los requisitos señalados en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9, 10 de su Reglamento, por consiguiente este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÖN, dándole fuerza de la Cosa Juzgada; de igual manera se declara terminado el presente acto, se deja constancia que se entrega el material probatorio, y se da por terminada la causa. Déjese copia de la presente acta como medio de auto composición procesal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:


La Juez

El Secretario
Abog. Ruth Pernia



Los Presentes



Joel Solorzano

José Gregorio Blanca Quintana