REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCION Nº 3
SECCIÓN ADOLESCENTES
SALA 102
Caracas, 23 de Marzo de 2010
199º y 151º
COMPUTO MEDIDA DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA
CAUSA 511-09
Por cuanto se evidencia en los Oficios N° 2399-09 recibido por este Despacho en fecha 16-12-09 y 016-10 recibido en fecha 07-01-10, emanados de la Unidad de Formación Integral para al Adolescente Sancionado con Medidas No Privativas de Libertad “Complejo Luces del Alba”, que los jóvenes XXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXX, a quienes se le sigue causa ante este Tribunal, signada bajo el N° 511-09, dio inicio al cumplimiento de la sanción de Imposición de Reglas de Conducta fecha 07-12-09, por el lapso de cuatro (04) meses , en virtud de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 07-12-2009, es por lo que se acuerda practicar el respectivo cómputo, conforme a lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicado por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, del cual se notificara a las partes. Cúmplase.
LA JUEZ,
ELENA BAENA.
LA SECRETARIA,
XIOMARA MONTILLA.
Quien Suscribe, XIOMARA MONTILLA, Secretaria del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, procede a realizar el cómputo relativo a la medida de Imposición de Reglas de Conducta, que le fuere impuesta a los jóvenes XXXXXXXXXXXX Y XXXXXXXXXXXX, por el lapso de cuatro (04) meses, tomándose como fecha de su receptoria ante el Instituto Nacional del Menor Unidad de Formación al Adolescente Sancionado con Medidas No Privativas de Libertad “Complejo Luces del Alba”, el día 07-12-2009, por lo que se establece como fecha de cumplimiento el día 07-04-2010
LA SECRETARIA,
XIOMARA MONTILLA
Exp: 511-09
EB/XM/Andrés