REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Diecinueve (19) de marzo de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ASUNTO: AP21-L-2009-005242
PARTE ACTORA: IVAN GREGORIO BENAVIDES RIVAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANGEL ROJAS
PARTE DEMANDADA: RESPUESTOS Y ACCESORIOS MATAS, C.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JIMMY W. MONTENEGRO Y OTROS.
MOTIVO: DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto escrito de Transacción, presentada por los ciudadanos ANGEL ROJAS, abogado, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 88.662, quien representa a la parte actora ciudadano IVAN GREGORIO BENAVIDES RIVAS, cédula de identidad Nº V- 6.932.901 y JIMMY W. MONTENEGRO, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 58.618, en su condición de apoderado judicial de la parte Demandada REPUESTOS Y ACCESORIOS MATOS C .A en la demanda por diferencias de prestaciones sociales estimado en la cantidad de Bs. 265.038,07 este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue por Bs. F. 250.000,00 de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; constando en autos el pago total, se ordena dar por terminado el presente proceso, y su consecuente remisión al archivo judicial. Asimismo, Vista la solicitud de las partes actora y demandada de copias certificadas del acuerdo transaccional y del presente auto. Este Tribunal acuerda lo solicitado conforme al artículo 21 Ordinal 3° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para lo cual se insta a las partes interesadas a consignar las copias simples correspondientes.- CÚMPLASE CON LO ORDENADO.-
Así se establece.-
La Jueza La Secretaria.
Abg. Vilma Leal Abg. Norialy Romero
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