REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Decimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciseis (16) de Marzo de dos mil diez (2010)
199º y 150º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2009-004132.
PARTE ACTORA: ANGEL RAMON CARRANZA GONZALEZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA ADOARDI-HIDALGO, C.A.
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA: CARMEN BRICEÑO, MARIA PULIDO.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.
En el día hábil de hoy Dieciseis (16) de Marzo de dos mil diez (2010), siendo las 09:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, este Tribunal deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos TOMAS DANIEL HIDALGO C.I Nº 10.186.480 en su carácter de representante de la parte demandada, CARMEN BRICEÑO y MARIA PULIDO inpreabogado Nros. 57.427 y 123.276 respectivamente en su carácter de abogados asistentes de la parte demandada los cuales consignan documento constitutivo de la empresa demandada en copias simples constante de seis (6) folios, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199 ° y 150 °.
El Juez
La Secretaria
Abog. Eduardo Nuñez.
Xiomara Gelvis.
PARTE DEMANDADA
ABOGADOS ASISTENTES DE LA PARTE DEMANDADA
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