REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, dos (2) de marzo de dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2004-001003
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto y la diligencia de fecha 25 de febrero de 2010, presentada por el ciudadano presentada por la ciudadana BETZY JOSEFINA CENTENO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-6.058.511, debidamente asistida por la abogada NADHEZTKA PONCE, Defensora Pública Vigésima Primera, en interés de la joven De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes, mediante la cual solicitó se autorizara a la prenombrada joven a retirar las cantidades que se encuentran depositadas en la Cuenta N° 0003-0010-11-0101033231, bajo la modalidad de plazo fijo, lo cual se evidencia de certificado a plazo N° 1753749, de fecha 04/03/2010, en virtud de que dicha joven alcanzo la mayoría de edad. En consecuencia esta Sala de Juicio N° 2, AUTORIZA a la ciudadano LIVIA COROMOTO OROZCO antes identificada, para que retire de la cuenta de ahorros Nº 0003-0010-11-0101033231 del Banco Industrial de Venezuela, el total de los haberes que se encuentren depositado en dicha cuenta en virtud de que la misma cumplió la mayoría de edad, debiéndosele entregar la libreta y dársele libre movilización de la misma, por si ocurriera algún deposito posterior a esta decisión. Líbrese oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de esta Circuito Judicial, a fin de realizar las diligencias tendientes al cumplimiento de lo ordenado por esta Sala de Juicio. Luego de haber cumplido lo ordenado ciérrese y archívese el presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZA
Abg. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA
ABG. ALICIA GUZMAN
RC/AG/B
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