REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº 2
Caracas, veintidós (22) de marzo de dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2009-021436
Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especiales escrito de solicitud que encabeza las presentes actuaciones, de la cual se desprende que la ciudadana ANA MILETH MORALES ORTIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-13.479.787, solicitó Autorización Judicial de Viaje a favor de su hijo el niño (De conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA, se omiten todos aquellos datos o informaciones que de manera directa o indirecta identifiquen a los niños, niñas o adolescentes), para la fecha veintitrés (23) de diciembre de 2009, con retorno el día diez (10) de enero del presente año; esta Sala de Juicio declara INOFICIOSA la Autorización Judicial solicitada, por cuanto ya transcurrió la referida fecha de viaje. Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.
LA JUEZA,
ABG. ROSA CARABALLO
LA SECRETARIA,
ABG. ALICIA GUZMAN
RC/AG/K
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