REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL.
Sala de Juicio IV
199° y 151°
Asunto: AP51-V-2009-003190
Motivo: Patria Potestad.
Demandante: Luís Belarmino Mendieta, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.178.239
Apoderada Judicial: Rodolfo Rodríguez Lanz, inscrito en el inpreabogado bajo el número 75.072.
Demandado: Edith Giovanna Guanilo Cumbreras, de nacionalidad Peruana, mayor de edad.
Niña/Adolescente: “…cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente”…” , de dos (02) años de edad.
Revisadas las Actas que conforman el presente asunto y vista la diligencia que antecede de fecha 19/03/2010, mediante la cual el abogado Rodolfo Rodríguez Lanz, inscrito en el inpreabogado bajo el número 75.072, en su carácter de apoderado Judicial del ciudadano Luís Belarmino Mendieta, supra identificado, parte actora, manifiesta que desiste del presente procedimiento incoada en fecha 03/03/09, en contra de la ciudadana Edith Giovanna Guanilo Cumbreras. En consecuencia, esta Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción del presente auto y entréguese a la parte interesada. Se ordena el archivo del expediente.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los (23) días del mes de marzo del año dos mil diez. Año 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez de Sala,
Emilio Ruiz Guía
La Secretaria,
Luisa Oliveros.
AP51-V-2009-003190