REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA SÉPTIMO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal VII

Caracas, dos (02) de marzo de dos mil diez (2010).
199º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2007-020719

Vista la diligencia de fecha 26 de febrero del corriente año, suscrita por la ciudadana MARY LUZ MARTINEZ ALVAREZ, plenamente identificada en autos, en su carácter de representante legal de la adolescente -------, asistida por la abogada ESMERALDA MORALES, en su carácter de Defensora Pública Octava y leído como fue el contenido de la misma, así como el presupuesto emanado de la Unidad Educativa Nuestra Señora de Pompei (f.64); esta Sala de Juicio, AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana MARY LUZ MARTINEZ ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.981.194, para que retire de la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-11-0100453007 del Banco Industrial de Venezuela a nombre de la prenombrada adolescente, la cantidad de BOLIVARES TRES MIL CIENTO SESENTA CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 3.160, 40), para lo cual se acuerda oficiar lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO

Abg. IVAN CEDEÑO.
AVR/IC/Carolina Parra.