REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional.
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 11 de Marzo de 2010.
Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación

Asunto: Ap51-S-2010-002712

Revisa las actas procesales que conforman el presente procedimiento de Convenimiento de Obligación de Manutención presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial; por la Defensora de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente N° 060; de la Defensoría del Niño, Niña y del Adolescente “Miguel Rivera”; debidamente registrada ante el Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente, bajo el N° 11, actuando en defensa de los derechos y garantías de la niña (...), hija de los ciudadanos JOEL JESUS GOMEZ REQUENA y YEINNY ZULAY PACHECO ARANDA ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 14.989.397 y V- 14.450.550 respectivamente, en el cual remiten convenimiento de Obligación de Manutención de fecha 20 de enero de 2010; suscrito por los prenombrados ciudadanos por ante el referido Despacho, a favor de la niña mencionada en autos; y quienes acordaron todo lo relativo a la referida Institución Familiar. Y revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se ADMITE dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley.