REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA NOVENO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Novena
Caracas, 16 de marzo de 2010
Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación
ASUNTO: AP51-S-2010-000820
Por recibido de la Coordinación Judicial de este Circuito Judicial, la anterior solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada por los ciudadanos JOHN OSWALDO URBINA AGUILERA y SIBYLLE ROSSEMARY GIOVANNUCCI RAGA ambos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de Identidad N° V- 12.399.428 y V- 13.494.982, respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del Derecho María Auxiliadora Escalona Guaithero, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.902; y revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley.