REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 11
Caracas, 08 de marzo de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP51-V-2010-003104
Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y visto que la anterior demanda de divorcio hace omisión de los requisitos ordenados subsanar por auto de fecha 02/03/2010, es por lo que forzosamente debe negarse la admisión de la misma. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente demanda de divorcio, incoada por JUDITH COROMOTO BARRIOS MALAVEZ contra el ciudadano SILFFREDO JESUS SANCHEZ, por lo que se ordena la devolución de lo originales previa certificación y consignación de las copias respectivas por Secretaría. Cúmplase.
LA JUEZ


ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS.

LA SECRETARIA,


ABG. LENNI CARRASCO.

DRC/LC/MB**