REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal N° XIII

Caracas, 18 de marzo de 2010
199º y 150º

ASUNTO: AP51-S-2006-017852
Visto que la presente solicitud de autorización judicial para viajar al extranjero fue propuesta para una época ya transcurrida, y no habiéndose logrado la ubicación de la persona llamada por la ley para otorgar los correspondientes consentimientos, y siendo inútil el pronunciamiento de este órgano jurisdiccional al respecto por haberse agotado la oportunidad del viaje planteado, se declara en consecuencia concluido el presente caso. Se ordena el cierre del presente asunto y el archivo del expediente, así como la desincorporación del archivo central. Devuélvase todo original. Cúmplase.
La Jueza Provisoria,

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren.
La Secretaria,
Abg. Sally Guerrero.







ASUNTO : AP51-S-2006-017852
Aut. Jud. Viajar.
JQA/YC.