REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de marzo del 2010
199º y 151º

Visto el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD, en fecha 16 de diciembre de 2009, por el ciudadano Félix Hernández Richards, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.544.003, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nro. 23.809, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderada Judicial del Contribuyente MARCEL GRANIER HAYDON, contra las siguientes Actos: a) Resolución SNAT/GGS/GR/DRAAT/2009-837 de fecha 25 de noviembre del 2009; b) Resolución Culminatoria GRTICE/RC/DF/0057/2007-19/686 de fecha 25 de febrero del 2008 emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital y c) Acta de Reparo GRTICE/RC/DF/0057/2007-12 emanada de División de Fiscalización de la Gerencia Regional de tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT; estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal observa: Que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus Artículos 259, 260, 261, 262, 266 y 267, a saber se trata de Actos Administrativos impugnados por ante la autoridad competente, interpuesto dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de la persona que se presenta como representante de la contribuyente y, por cuanto no consta en autos oposición alguna por parte de la Administración Tributaria, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con el 267 del Código Órganico Tributario. Igualmente, se recuerda a las partes, que la causa se encontrará abierta a Pruebas, ope legis, el primer día de Despacho siguiente a la presente fecha, a tenor de lo previsto en el supra mencionado Artículo 268 del mismo Código.
Dado, firmado y sellado en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veinticuatro (24) días del mes de marzo del año dos mil diez (2010). Años 199º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez Titular,


Ricardo Caigua Jiménez.

La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.

La presente decisión se publicó en su fecha, a las doce y media (12:30 p.m.) horas de la tarde.
La Secretaria,

Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto Nº AP41-U-2009-000724
RCJ/ JP.