REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, Veinticinco (25) de Marzo del año Dos Mil Diez (2010), siendo las diez y cuarenta y cinco minutos de la mañana, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, Mauricio Alejandro Chirinos Iglesia, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 128.760, los auxiliares de justicia los ciudadanos William Darias Garcia, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-6.527.680, representante de la Depositaria Judicial Defica, C.A., el perito avaluador, Ruben Rondon, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.027.204, quienes fueron debidamente designados y juramentados por el Juez de este Tribunal, cuyas designaciones y juramentaciones constan suficientemente en el libro respectivo, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora: Calle El Colegio, sede de la Depositaria Judicial Defica, Sabana Grande, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL sigue el ciudadano YHHONY PERDOMO contra la ciudadana ELSA SANCHEZ.-Una vez en el lugar señalado por la representación judicial de la parte actora, el Tribunal es atendido por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse José Arévalo, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nro. V.-2.554.445, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado ser el empleado de la Depositaria Judicial La Defica, lugar donde se encuentra constituido el Tribunal a solicitud del apoderado actor,- Seguidamente el apoderado judicial de la parte actora, expone: señalo para ser embargado preventivamente el bien constituido por un vehiculo, clase: Automóvil, marca: Chevrolet, modelo: Aveo, tipo: Sedan, año: 2007, color: Gris, Placa: DCP071, Uso: Particular, Serial del Motor: 17V341033, serial de carrocería: 8Z1TJ516V341033, cuyo propietario es la demandada en el presente proceso, ciudadana Elsa Sánchez.- Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el realizado, acuerda ordenar al notificado, ciudadano José Arévalo, antes identificado, en su condición de empleado de la Depositaria Judicial Defica, C.A., lugar donde se encuentra constituido el Tribunal, ponga a la vista de este Órgano Jurisdiccional el bien señalado.-Seguidamente el notificado, ciudadano José Arévalo, antes identificado, en su condición de empleado de la Depositaria Judicial Defica, expone: informo al Tribunal que el vehiculo señalado por la representación de la parte actora, se encuentra en las instalaciones de este Estacionamiento por cuanto fue detenido por orden de ese Tribunal y fue traído por funcionarios y pongo a la vista de este Tribunal el vehiculo supra identificado.-Es todo.-Acto seguido el Tribunal, vista la exposición realizada por el notificado y puesto como ha sido a la vista de este Órgano Jurisdiccional el vehiculo sobre la cual recae embargo, ordena al perito avaluador verifique los datos del identificado en el mandamiento de ejecución con el puesto a la vista del Tribunal a fin de observar que corresponda.-En este estado el perito avaluador, expone: informo al Tribunal que el vehiculo puesto a la vista de este Juzgado corresponde al señalado por el apoderado judicial de la parte actora y el identificado en la comisión.-Participo en este acto al Tribunal que el mismo presenta las siguientes características: rayones dispersos en su carrocería, cauchos en regular estado, abolladura en su parte delantera del lado izquierdo, caucho de repuesto, gato, asientos forrados en tela color negro, radio reproductor original del vehiculo, espejos, retrovisor, limpia parabrisas.-E igualmente estimo un valor prudencial aproximado al vehiculo en la cantidad de Ochenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 80.000,00).- Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el perito avaluador, la información por el suministrada, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADO PREVENTIVAMENTE el vehiculo señalado por la representación de la parte actora e identificado plenamente en el mandamiento de ejecución, propiedad de la demandada, ciudadana Elsa Sánchez, y lo pone en la posesión real y física de la depositaria judicial designada al efecto Depositaria Judicial Defica, C.A., representada en este acto por el ciudadano William Darias Garcia, antes identificado, hasta tanto el Tribunal de la causa decida lo conducente al respecto, y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las once y quince minutos de la mañana,-Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR


ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR


EL NOTIFICADO EL PERITO AVALUADOR



LA SECRETARIA. EL DEPOSITARIO JUDICIAL