REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO




JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, Nueve (09) de Marzo del año Dos Mil Diez (2010).-
199º y 151º
Vistas las diligencias suscritas por el abogado EDGAR COLMAN, Inpreabogado Nª.44.426, en su caràcter de Apoderado Judicial de la parte demandada, y la solicitud en las mismas contenidas, el Tribunal NIEGA la apelación contra el auto de Ejecución dictado en fecha 25/02/2.010, ya que dicho auto no tiene apelación por ser de mero tràmite, y en cuanto a la apelación interpuesta en contra de la Sentencia dictada por éste Tribunal en fecha 26/02/2010; el Tribunal observa que la misma fue interpuesta, fuera del lapso que establece el artículo 891 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia NIEGA dicha apelación por ser EXTEMPORÁNEA.-
LA JUEZ,

DRA. INDIRAPARIS BRUNI



LA SECRETARIA,

ABG .MARIELA ARZOLA P.






IPB/MAP/jesus
Exp Nº AP31-V-2009-002494