REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, a los 16 días del mes de Marzo del año dos mil Diez (2010).
AÑOS: 199° y 151°

De la revisión efectuada a las actas que conforman la presente solicitud el Tribunal observa que en los folios 5 al 37, se encuentra una solicitud de Titulo Supletorio tramitado por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitido y sustanciado por el señalado Tribunal, igualmente observa el Tribunal que la solicitud del titulo otorgado en fecha 9 de Junio de 2006, contiene la descripción del mismo inmueble al que hoy pretende obtener la misma solicitante, ciudadana SONIA ESTHER CORDERO TEJEDOR, a través de este solicitud, razón por la cual este Tribunal NIEGA otorgar el Titulo Supletorio solicitado por la ciudadana antes mencionado. ASI SE DECIDE.