REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO VIGÉSIMOTERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Se refiere esta solicitud presentada por el Abogado en ejercicio ENIO SÁNCHEZ ANGULO, de este domicilio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 857, en su carácter de Apoderado de la ciudadana UMILTA JOSEPH, de nacionalidad trinitaria, viuda, domiciliada en Siparia, Trinidad y titular del Pasaporte Nº T503125, a que se le declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la De Cujus, ciudadana SYBIL IGNACIA TITUS BLESDELL, de 79 años de edad, quien fue de nacionalidad trinitaria, nacida en San Fernando, Trinidad, el día 21 de Julio de 1922, soltera, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E-245.331, fallecida el día 20/01/2002, según copia certificada del Acta de Defunción Nº 151, expedida por el ciudadano Prefecto del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda.
De igual forma se oyeron las deposiciones de las ciudadanas MIRELLI MARGARITA DURÁN CORDERO Y YESMÍN JOSEFINA SEGURA PAYARES, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.027.522 y V-5.074.852 respectivamente, quienes afirmaron haber conocido a la De Cujus SYBIL IGNACIA TITUS BLESDELL, que no contrajo matrimonio ni dejó hijos y que la ciudadana UMILTA JOSEPH, titular del Pasaporte Nº T503125, es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA.
Concatenando las probanzas acompañadas por los solicitantes como son el Acta de Defunción y la copia certificadas del Acta de Nacimiento de la solicitante, emanadas del Registrador Superintendente del Condado de St. Patrick, Siparia, Trinidad y Tobago, acompañando lo antes descrito con los dichos de los testigos concordantes entre sí, resulta forzoso para este Tribunal concluir a tenor de lo dispuesto en el artículo 509 del Código de Procedimiento Civil, que la ciudadana UMILTA JOSEPH, trinitaria, domiciliada en Siparia, Trinidad y titular del Pasaporte Nº T503125, es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la De Cujus, ciudadana SYBIL IGNACIA TITUS BLESDELL, quien fue de nacionalidad trinitaria, de 79 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° E-245.331, fallecida el día 20/01/2002, según copia certificada del Acta de Defunción Nº 151 expedida por el ciudadano Prefecto del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, dejando a salvo los derechos que pudieran tener los terceros.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimotercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Veinticinco (25) días del mes de Marzo de Dos Mil Diez (2010). AÑOS: 199º y 151º.
LA JUEZ,

Abg. IRENE GRISANTI CANO. LA SECRTETARIA ACC.,

Abg. ROSA V. VILLAMIZAR.




En esta misma fecha se registró y publicó la anterior decisión, siendo las 10:30 a.m.
LA SECRETARIA ACC.,

Abg. ROSA V. VILLAMIZAR.

IGC/RVV/MVAR.-
SOL. Nº AP31-S-2010-000600.-