REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, tres (03) de marzo de dos mil diez (2010)
199º y 151º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-006315
PARTE ACTORA: HENRRY RAFAEL BLANCO MARIAN
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO
PARTE DEMANDADA: COSNTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ACACIO TERAN
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy tres (03) de marzo de dos mil diez (2010), siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante el Tribunal el ciudadano abogado ACACIO TERAN inscrito en el IPSA bajo el N°. 49.300, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada “CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, S.A”, representación que se verifica de autos. Asimismo, el Tribunal deja expresa constancia que la parte actora, ciudadano HENRRY RAFAEL BLANCO MARIAN, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 199° y 151°.
EL JUEZ

ABG. DANILO SERRANO

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA


LA SECRETARIA

ABG. GLORIA MEDINA

AP21-L-2009-006315
DS/GM