REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 11 de marzo de 2010.

199º y 151º

Vista la transacción presentada en fecha 09 de marzo de 2010, por ante la Unidad de Recepción de Documentos (URDD) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por los abogados ISAURO GONZALEZ e ISAMIR GONZALEZ, Inpreabogado Nos. 25.090 y 124.455, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora ciudadana ELISA CATERINA ALFANO TANTINO, por una parte; y por la otra, los abogados YANET BARTOLOTTA H y CESAR LUIS BARRETO SALAZAR, Inpreabogado Nos. 35.533 y 46.871, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada ONLY FOR MEN ESTETICA MASCULINA, C. A., según consta de instrumentos poderes que cursan a los folios 6, 7, 26 al 28, 29 y 30 del expediente, con facultades expresas para transigir, este Tribunal observa:

De una revisión de la transacción, se constata que las partes han manifestado actuar de mutuo acuerdo, que la transacción consta por escrito, versa sobre derechos litigiosos o discutidos, contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, el pago transaccional acordado es de Bs. F. 3.870,00, cantidad esta que comprende diferencia de prestaciones sociales, antigüedad, intereses sobre antigüedad, vacaciones, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, utilidades, utilidades fraccionadas e intereses de mora, no existe una sentencia que haya determinado la procedencia de esos conceptos, por lo tanto, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal HOMOLOGA la transacción señalada en los términos expuestos por las partes, todo de conformidad con las señaladas normas y la sentencia No. 739 dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 28 de octubre de 2003, Expediente 03-402 (Francisco Antonio Landaella y Otros contra Pdvsa Petróleo y Gas), en consecuencia, DA POR TERMINADO el presente juicio y ordena la remisión del expediente al Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para que ordene el archivo definitivo del expediente.


JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ
YAIROBI CARRASQUEL
SECRETARIA
JCCA/YC.
Asunto N° AP21-R-2009-001838