JUZGADO DEL MUNICIPIO MONSEÑOR JOSE VICENTE DE UNDA
DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.

CHABASQUEN: 18 DE MAYO 2010
AÑOS: 200° Y 151°

EXP N°: 618/2010 OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: MARIELYS DEL CARMEN DORANTE OSAL Y FRANCISCO JAVIER SUAREZ CANELON, en beneficio de su hijo: X, donde ambas partes acordaron. La cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (BS. 200,oo) mensual como Obligación de Manutención y el doble de esta cantidad en el mes de Diciembre de cada año, es decir que serán la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs 400,oo), los descuentos se realizaran directamente por nomina y serán depositado en una cuenta que aperture la madre del niño, en el Banco Provincial a nombre del niño, en cuanto a los gastos de medicina y gastos medico, el Niño esta asegurado por el organismo para el cual trabaja su padre, de igual manera se comprometió el padre del niño que el le compraría un estreno para el 31 de Diciembre del año en curso