REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de mayo de dos mil diez
200º y 151º
ASUNTO : AP21-L-2009-001134
Visto el escrito transaccional presentado por el ciudadano VICTOR RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 5.907.878, en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la abogada en ejercicio AIMARA AVILA, IPSA Nro. 121.998, por una parte, y por la otra, la abogada en ejercicio ELY MENDOZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°121.997, en su condición de apoderada judicial de la empresa demandada “GRUPO DELTA M.M.V., C.A.” según documento poder que consigna en copia, en el juicio por prestaciones sociales y otros conceptos laborales, recibiendo pago mediante cheque de gerencia, no endosable, a nombre del accionante, por la cantidad de Bs. 4.540,14; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abog. Olga Romero
Abog. Yrma Romero
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