REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL

Tribunal Decimo Quinto (15°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, Trece (13) de Mayo de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2007-004612

En el día de hoy 13 de Mayo de 2010 a las 8:15 a.m , dia y hora fijado para la celebración de la medida de embargo en el presente asunto este Tribunal deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos FRANCISCO JOSE MACHADO LUGO C.I Nº 11.412.437 en su carácter de parte actora, JUDITH CORNEJO inpreabogado N° 98.561 actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora , MANUEL SALAS inpreabogado N° 67.084 en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A . A continuación el apoderado judicial de la parte demandada SERENOS RESPONSABLES SERECA, C.A ofrece a la parte actora la cantidad de NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON VEINTE CENTIMOS (BS.F. 9.936,20), cantidad esta que es cancelada en este acto por la parte demandada en su totalidad el día de hoy en un (1) Cheque no endosable del Banco Venezolano de Credito identificado con el N° 56217400 de fecha 13 de Mayo de 2010 , a nombre del ciudadano FRANCISCO MACHADO parte actora en el presente asunto. La parte actora declara recibir conforme el mencionado cheque e igualmente manifiesta no tener más nada que reclamar a la parte demandada . Este Juzgado deja constancia de que queda pendiente por parte de la demandada el pago de los honorarios profesionales correspondientes al ciudadano JOSE HERRERA experto designado por este Tribunal en el presente asunto. Este Tribunal en vista de la mediación positiva, En consecuencia este Juzgado procede a la homologación de el pago en el presente asunto dando cumplimiento en este acto a la sentencia dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripcion Judicial del Area Metropolitana de Caracas de fecha Veintiuno (21) de Abril de 2009. La parte demandada consigna en este acto una (1) copia simple del cheque. Asi se establece


EL JUEZ

EDUARDO NUÑEZ C. LA SECRETARIA


Xiomara Gelvis.

PARTE ACTORA


APODERADA DE LA PARTE ACTORA


APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA