REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, doce (12) de mayo de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-001246

Recibido el expediente a los fines de celebrar la audiencia preliminar fijada para el día de hoy, a las 08:30 a.m., previa distribución le correspondió a este Juzgado celebrar la misma. Revisadas sus actas procesales se observó que se encuentra agregado a los folios 75 al 77 del expediente, comprobante de recepción de documento y el oficio N° G.G.L.-C.A.L. N° 002485 de fecha 20 de abril del año en curso, en el cual se solicita la reposición de la causa por los motivos allí expuestos, sin que haya pronunciamiento del Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo. Asimismo, se revisaron las actuaciones realizadas en el presente asunto dentro del sistema juris 2000 y se determinó que el día de ayer ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, se presentó escrito solicitando la nulidad de las actuaciones realizadas, el cual no se encuentra agregado al expediente, siendo solicitado a la Unidad de Correo Interno para que sea agregado al mismo. En virtud de lo anterior, este Juzgado de Mediación se abstiene de celebrar la audiencia preliminar y ordena la remisión al Juzgado Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese oficio de remisión.-

La Jueza La Secretaria


Abg. Milagros Jiménez Abg. Norialy Romero