REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Juez Unipersonal Nº 09.
Caracas, Once (11) de Mayo de 2010.
Años: 200 º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-006575

Vista la solicitud de Homologación del Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar presentado por el ciudadano ABDÓN ENRIQUE ALMEIDA, actuando en su carácter de Defensor Publico Décimo del Área Metropolitana de Caracas, actuando en beneficio del niño (...), hijo de los ciudadanos YETSI JAVIER YZQUIER VIRGUEZ y YEMMY ROSIMAR LOPEZ BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad N° V-17.100.825 V-13.693.071, respectivamente, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, se admite dicha solicitud, por cuanto la misma no es contraría al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley;