REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO QUINTO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Sala de Juicio. Jueza Unipersonal N° 15
Caracas, veintisiete (27) de Mayo de Dos Mil Diez (2010)
Años: 200º y 151º

ASUNTO: AP51-S-2006-020533

Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la Solicitud de Administración de Bienes, presentada por la ciudadana MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a favor de la joven KARINA DEL VALLE MARIQUE VALERA, titular de la cédula de identidad N° V.-19.428.785, a solicitud del ciudadano SERVIO TULIO MANRIQUE PAREDES, titular de la cédula de identidad N° V.-4.590.070, esta Juzgadora observa de la revisión efectuada al referido asunto y demás recaudos que lo conforman lo siguiente:

Esta Sala de Juicio de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente asunto, evidencia que la joven antes identificada, beneficiaria de la presente solicitud, para la presente fecha la misma ha alcanzado la mayoría de edad, en otras palabras, se ha convertido en adulto, circunstancia ésta que hace inoficiosa la prosecución de la presente causa. Así se declara.

En consecuencia, vistas las anteriores consideraciones, esta Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA EL CIERRE Y ARCHIVO, de la presente Autorización Judicial de Administración de Bienes, presentada por la ciudadana MARIA DEL MILAGRO DA CORTE LUNA, actuando en su carácter de Fiscal Nonagésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a favor de la joven KARINA DEL VALLE MARIQUE VALERA, titular de la cédula de identidad N° V.-19.428.785, a solicitud del ciudadano SERVIO TULIO MANRIQUE PAREDES, titular de la cédula de identidad N° V.-4.590.070. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA,

ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDE
LA SECRETARIA,

ABG. CIOLIS MOJICA
YCH/CM/Johan
Motivo: Autorización Judicial de Administración de Bienes
ASUNTO: AP51-S-2006-020533