REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Once ( 11 ) de Mayo de dos mil Diez
200º y 151º


ASUNTO: AH15-S-2008-000206.-

PARTE SOLICITANTE: DIANORA C. MORA y ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números: V-6.156.659 y V-6.453.500, respectivamente.-

ABOGADA ASISTENTE: ANIUSKA OCHOA LEON., Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número: 37.058.-

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES.-
(Conversión en Divorcio)

TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.-
I

SÍNTESIS DEL PROCESO

Conoce este Tribunal del presente Asunto, previa Distribución por el Juzgado Distribuidor de Turno, mediante escrito presentado por los ciudadanos DIANORA COROMOTO MORA y ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ., Venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.156.659 y V-6.453.500, respectivamente, debidamente asistidos por la ciudadana ANIUSKA OCHOA LEON, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 37.058, mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos y Bienes.-
Alegaron que contrajeron matrimonio el día 12 de Diciembre de 2007, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador, del Distrito Capital, según consta de la Copia Certificada consignada del acta de Matrimonio Nº 42, que una vez contraído dicho matrimonio No establecieron su domicilio conyugal ya que No vivieron juntos.- Que de su unión No procrearon hijos.-
En fecha 16 de Julio de 2008, este Tribunal exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, por tal motivo se decretó la Separación de Cuerpos y Bienes.-
En fecha 29 de Julio de 2009, compareció ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción la ciudadana DIANORA MORA., debidamente asistida de la ciudadana ANIUSKA OCHOA LEON, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 37.058, solicitando la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos.-
En fecha 11 de Agosto de 2009, se libro Boleta de notificación al ciudadano ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ.-
En fecha 18 de Marzo de 2010, compareció ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción el solicitante, ciudadano: ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-6.453.500, otorga Poder Apud-Acta a la ciudadana RUTH CHAMORRO BELLO, Abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado, bajo el Nº 77.313, en esta misma fecha solicitó la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes y cuatro (4) copias certificadas.-
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges ciudadanos: DIANORA COROMOTO MORA y ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ., han vivido separados de cuerpo por más de un (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes solicitada.- Y ASÍ SE DECIDE.-
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes de los cónyuges, DIANORA COROMOTO MORA y ELVIS NELSON SOSA RODRIGUEZ., ambos ampliamente identificados y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraído el día 12 de Diciembre de 2007, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador, del Distrito Capital.-
PÚBLIQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los Once ( 11 ) días del mes de Mayo de 2010.- Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.-
LA JUEZ TITULAR,



DRA AURA MARIBEL CONTRERAS de MOY
LA SECRETARIA TITULAR.,


Abg. LEOXELYS ELENA VENTURINI.
En la misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia dentro de las horas de despacho de este Tribunal.-
LA SECRETARIA TITULAR
AMCdeM/LV/MQM.-
EXP N°: 08-5352.-