REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 21 de Mayo de 2010
200º y 151º

ASUNTO: AH18-V-2006-000085

Vista la diligencia de fecha 14 de Mayo de 2010, suscrita por la ciudadana Daniela Trias Nancy, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 137.216, quién actúa en su carácter de parte actora, y el pedimento en ella contenido, este Tribunal observa:

Por cuanto en el presente juicio se ha cumplido íntegramente con el procedimiento de Partición, contemplado en el Código de Procedimiento Civil en su articulo 777 y siguientes, este Tribunal DECRETA medida de embargo ejecutivo sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada que a continuación se describe: “un apartamento ubicado en Esquinas de las Queseras y Niquitao, en el cruce de la Avenida Norte-Sur 13, con las calles este 8 y Este 8, en jurisdicción de la Parroquia San Agustin del Municipio Libertador del Distrito Capital, denominado Parque Carabobo Plaza, Torre “D”, Apartamento No. 9-D-1, Piso 9. Se encuentra ubicado hacia el lindero Oeste del Edificio y esta comprendido dentro de los linderos siguientes: Norte: Con la fachada Norte de la Torre “D”; Sur: Con la fachada Sur de la Torre “D”; Este: en parte con el apartamento 9-D-3, en parte con el foso de ascensores, en parte con el cuarto para bajante de basura, en parte con el pasillo de circulación, en parte con la escalera y en parte con el departamento 9-D-2 y Oeste: Con la fachada oeste de la Torre “D”. El cual le pertenece a la sociedad mercantil Inversiones San Miguel, S.A., según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro Publico del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 16 de Mayo de 1.984, bajo el No. 50, tomo 25, protocolo primero.” Líbrese Mandamiento de Ejecución.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la Ciudad de Caracas, a los 21 de Mayo de 2010. 200º y 151º.

El Juez,

Dr. César A. Mata Rengifo
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

En esta misma fecha, siendo las 11:13 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Inés Belisario Gavazut

Asunto: AH18-V-2006-000085
CAM/IBG/Marisol