En el día de hoy jueves seis de mayo del año dos mil diez (06/05/2010), siendo las once horas y cuarenta y cinco minutos de la mañana (11:45 a.m.), encentrándose constituidos en la sede de este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, el Juez Titular ciudadano PEDRO R. APONTE M., y el Secretario Titular IUXTZABUT ANDRES LAYDERA GARCIA, se hicieron presentes en el recinto de este órgano jurisdiccional la apoderada judicial de la parte ejecutante Abogada ROSAURA LUCERO HERNANDEZ inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 81.878 y el Abogado ANTONIO IZQUIERDO TORRES inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 103, quien alega ser apoderado judicial de la parte ejecutante ciudadano JORGE TREJO, para lo cual consigna copia simple de documentación donde se evidencia su representación, manifestando el citado profesional del derecho, que en este acto hace entrega formal y voluntaria de la llaves del siguiente bien inmueble: Apartamento identificado con el número ciento cuarenta y uno (141), situado en la planta catorce (14) del Edifico Torre Parque, Conjunto Residencial Centro Parque Boyacá, Dos Caminos, Municipio Sucre del Estado Miranda, todo ello con el fin de dar por finalizado el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana ZUIBA JASMIN GUERRERO contra el ciudadano JORGE TREJO, en el expediente Nº AP31-V-2009-000311, nomenclatura interna de dicho juzgado. Acto seguido la apoderada judicial de la parte ejecutante supra identificada, reconoce al Abogado ANTONIO IZQUIERDO TORRES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 103, como apoderado judicial del demandado y acepta conforme en nombre de su representada las llaves del inmueble objeto de la medida de Entrega Material decretada por el JUZGADO NOVENO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, comprometiéndose dicha representante a realizar en el inmueble la actividad perceptiva que aquí se manifiesta e informar a este juzgado en horas de despacho del día 07 de mayo de 2010, sobre la veracidad de la misma. Seguidamente, este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, acuerda lo solicitado por las partes ambas, especialmente lo manifestado por la representación judicial de la parte ejecutante, y ordena agregar a los autos lo consignado, constante de tres (03) folios útiles, así como la remisión del expediente a su órgano de origen. En este estado se le da lectura al acta dejando constancia que no tachaduras ni enmendaduras. Es todo.-
EL JUEZ PRIMERO
EJECUTOR DE CARACAS,
FDO.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTANTE,
FDO.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE EJECUTADA,
FDO.

EL SECRETARIO.
FDO.