REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy, veinticuatro (24) de Mayo de dos mil diez (2010), siendo las ocho y treinta minutos de la mañana (08:30 a.m.), se trasladó este Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez CESAR HUMBERTO BELLO, junto con el Secretario ENRIQUE GUERRA, y en compañía del abogado JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.127, endosatario en procuración de la parte actora, a fin de practicar medida de embargo preventivo, por la cantidad de: “DOS MILLONES QUINIENTOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 2.516.250,oo) que comprende la suma debida que es la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 1.980.000,oo); más la cantidad de TREINTA Y TRES MIL BOLIVARES (Bs. 33.000,oo) por concepto de intereses; y asimismo la cantidad de QUINIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 503.250,oo) por concepto de honorarios profesionales calculados prudencialmente por el Tribunal en contra de la ciudadana ISABEL MARGARITA SÁNCHEZ GUERRERO, e su condición de única accionista de la Empresa Mercantil “REPRESENTACIONES PLANT-ART. C.A”, constituida e inscrita por ante el Registro de Comercio de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, con fecha 15 de agosto de 1.991, bajo el Nº 51, Tomo 81, modificada con fecha 10 de agosto de 1992, bajo el Nº 7, Tomo 37-A Segundo, con fecha 28 de diciembre de 1993, bajo el Nº 25, Tomo 16-A 4to, con fecha 15 de junio de 1.995, bajo el Nº 48, Tomo 73-A 4to, con fecha 28 de octubre de 1.996, bajo el Nº 49, Tomo 170 A-4, con fecha 10 de marzo de 1.998, bajo el Nº 39, Tomo 10, con fecha 15 de septiembre de 1.998, Tomo 47 A, Nºs 13 y 14; en fecha 19 de febrero de 1.999, bajo el Nº 52, Tomo 7, en fecha 22 de marzo de 2001, bajo el Nº 71, Tomo 19, en fecha 19 de junio de 2001, bajo el Nº 56 Tomo 45, con fecha 13 de marzo de 2003, bajo el Nº 23, Tomo 11, en fecha 14 de octubre de 2003, bajo el Nº 8, Tomo 68 y con fecha 13 de mayo de 2004, bajo el Nº 62, Tomo 24. SEGUNDO: Que el Juzgado al que le corresponda por Distribución, lleve a efecto EL EMBARGO DE LA TOTALIDAD DE LAS ACCIONES, de la Empresa Mercantil “REPRESENTACIONES PLANT-ART. C.A”, cuya única accionista es la ciudadana YSABEL MARGARITA SÁNCHEZ GUERRERO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad número 4.632.717, arquitecto, en su condición de Directora y única accionista. TERCERO: Que el Tribunal al que haya correspondido por Distribución, deberá declarar la desposesión jurídica de las citadas acciones, con la asistencia de un experto, quién deberá establecer el avalúo prudencial de las acciones, según el valor del mercado actual de las referidas acciones. Asimismo dicho Juzgado ordenará estampar la nota marginal correspondiente en el Libro de Accionistas de la indicada empresa y oficiar al Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Bolivariano del Estado Miranda”. Dicha medida fue decretada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en el juicio que por Cobro de Bolívares por Intimación, sigue JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, en su carácter de endosatario en Procuración de la sociedad mercantil “Comercializadora 7437, C.A., contra YSABEL MARGARITA SÁNCHEZ GUERRERO, expediente de la causa N° 10053. Una vez constituidos en la siguiente dirección: Avenida Cuarta con tercera Transversal, Edificio Tipy, Los Palos Grandes, Municipio Chacao del Estado Miranda, señalada por la parte actora, el Tribunal, deja constancia que el Edificio Tipy, no se encuentra en la dirección señalada por la parte actora. En este estado, el abogado JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, ya identificado, expone: “Solicito a este Juzgado Ejecutor, se sirva trasladarse a la siguiente dirección: Avenida Rómulo Gallegos con Avenida Sucre de los Dos Caminos, Edificio QI, Piso 9, Oficina 9-C, Los Dos Caminos, Municipio Sucre del Estado Miranda, dirección que me fue suministrada por el Registro de Información Fiscal del SENIAT, como el último domicilio de la empresa REPRESENTACIONES PLANT-ART C.A. Es todo”. En este estado, el Tribunal, acuerda el traslado a la dirección señalada por la parte actora. Es todo.” En este estado, siendo las nueve y cincuenta minutos de la mañana (09:50 a.m.), una vez constituido en la dirección señalada por la parte actora, deja expresa constancia que no se ubico el Edificio QI, anteriormente identificado. En este estado, el abogado JESÚS MANUEL MÉNDEZ HERNÁNDEZ, ya identificado, expone: “Solicito a este Juzgado Ejecutor, que en virtud de que fue imposible ubicar la sede de la empresa REPRESENTACIONES PLANT-ART C.A., se remita la presente comisión al Tribunal de la causa, a los fines de continuar con el presente procedimiento. Es todo”. En este estado, el Tribunal, vista la exposición de la parte actora, acuerda remitir la presente comisión en el estado en que se encuentra al Tribunal de la causa, a los fines legales pertinentes, el regreso a la sede de Juzgado y el cierre del acta siendo las diez y cuarenta minutos de la mañana (10:40 a.m.). Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
EL APODERADO ACTOR,
EL SECRETARIO,
Exp. Ejecutor 10-2895
Exp. Causa AH51-X-2008-000405
CHB/EG/.