REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, diecisiete (17) de mayo de 2010.-
200º y 151º
ASUNTO: AP31-S-2009-007981
MOTIVO: TÍTULO SUFICIENTE SOBRE BIENHECHURÍAS
A FAVOR DE: VALTER ALFIERO FRANCISCO MASSI FULIGNATI, MAXIMILIANO MASI FULIGNATI y FLAVIO MASI FULIGNATI.
Tramitada como ha sido la solicitud que antecede, presentada por el ciudadano VALTER ALFIERO FRANCISCO MASI FULIGNATI, venezolano, mayor de edad, casado, domiciliado en Caracas, Distrito Capital y titular de la Cédula de Identidad No. V-3.549.232; con la evacuación de las justificaciones promovidas, de los ciudadanos INOCENCIO RAMOS, HECTOR JESUS CAMPOS CONTRERAS y PAOLO CATELAN GASPAROTTO, venezolanos los dos primeros y el último italiano, mayores de edad, domiciliados en los municipios Baruta, Libertador y Sucre, en el mismo orden, y titulares de la Cédulas de Identidad números V-12.054.822, V- 9.962.504 y E- 81.334.704, respectivamente, según consta de la respectiva acta cursantes al expediente; este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente, a favor de los ciudadanos VALTER ALFIERO FRANCISCO MASI FULIGNATI, antes identificado, MAXIMILIANO MASI FULIGNATI, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Caracas, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad No. V- 3.549.233 y FLAVIO MASI FULIGNATI, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en Caracas, Distrito Capital, titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.767.168, sobre las bienhechurías constituidas por una casa que consta de varios niveles identificados como sub-sótano, sótano, primera planta, segunda planta y tercera planta, construida sobre una parcela de terreno de forma irregular, ubicado en la Urbanización El Llanito, Jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Miranda, distinguida con el Nro. 86, de la Manzana letra “J”, Zona R-5 del Sector Residencial. Las medidas y linderos de la parcela de terreno, así como las características de construcción y disposición de la bienhechuría construida se encuentran expresadas en el escrito que dio inicio a las presentes actuaciones, cursante a los folios dos (2), tres (3), cuatro (4) y cinco (5) del expediente. Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas al solicitante. Expídanse las copias certificadas que sean solicitadas, antes del retiro del expediente, previa la consignación de la copia simple de la diligencia o escrito por el cual sean requeridos, así como de los demás recaudos pertinentes. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada a los diecisiete (17) días del mes de mayo de dos mil diez (2010), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
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Abg. ZOBEIDA ROMERO ZARZALEJO
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
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Abg. CAROLINA DEL VALLE ALARCON REAÑO
En esta misma fecha (17-5-2010), y siendo las (9:00) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA Acc.,
Yrene.-***
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